Por @Wicho — 9 de enero de 2014

iPhone con la aplicación KindleProbablemente sería más fácil de entender si estuviera escrita en klingon, pero lo que quiere decir la «Resolución de 20 de diciembre de 2013, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se establecen los requisitos operacionales para el cumplimiento de lo previsto en EU OPS 1.110 Y JAR OPS 3.110 relativos al uso de dispositivos electrónicos portátiles a bordo de las aeronaves» publicada en el BOE del 9 de enero de 2014 es que a partir del 10 de enero de 2014 las aerolíneas españolas podrán solicitar la pertinente autorización para permitir el uso de dispositivos electrónicos en modo avión durante todas las fases del vuelo.

Lo que hace esta resolución es básicamente ordenar que en España se adopte la norma al respecto aprobada el pasado mes de diciembre por la Agencia Europea de Seguridad Aérea, así que es de esperar que las aerolíneas españolas pronto empiecen a permitir usar los dispositivos electrónicos personales en cualquier fase del vuelo, siempre que estén en modo avión, aunque aquellos mas grandes como los portátiles tendrán que estar convenientemente guardados durante el despegue y el aterrizaje propiamente dichos.

En cualquier caso, conviene recordar que las aerolíneas no están obligadas a permitir el uso de dispositivos electrónicos a bordo, así que igual se hacen un poco las remolonas.

Claro que yo me sé de más de uno que ahora pondrá el poder usar sus gadgets a bordo todo el rato como una de las condiciones clave a la hora de escoger aerolínea, poco más o menos como el Wi-Fi gratis lo es cada vez más a la hora de escoger un hotel.

Aquí tienes el enlace al PDF por si quieres leerte la resolución en cuestión.

(Gracias por el aviso, Luis.)

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