Por @Wicho — 18 de septiembre de 2013

Ya lo decía hace unos días Sergio Carrasco a raíz de las dos resoluciones que en el mismo día condenaban y absolvían al titular de una web de enlaces:

Y según se puede leer en La Fiscalía pide tipificar como delito los enlaces a webs que violan la propiedad intelectual el proceso para cambiar la ley ya está en marcha.

Según se puede leer en la Memoria de la Fiscalía General del Estado de 2012 [PDF 12,6 MB] se recomienda modificar el artículo 270 del Código Penal para que quede de la siguiente manera:

Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses quien con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, facilite el acceso, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte una obra literaria, artística o científica o su transformación, interpretación artística o ejecución fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

Las penas propuestas van de 6 a 24 meses de prisión.

Claro que a Google y similares habrá que hacerles un traje a medida para que no se les aplique esta nueva redacción.

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