Por @Wicho — 23 de julio de 2010

Hace unos días escribía para La Voz de Galicia en forma general acerca de los problemas legales que puede suponer para Google haber almacenado datos obtenidos de redes Wi-Fi abiertas aunque fuera supuestamente sin mala intención y con la idea de elaborar un mapa de este tipo de redes.

Decía que no está claro que sea delito en todas las jurisdicciones en las que se han interpuesto demandas, entre ellas ni más ni menos que 38 estados de los EE.UU., pero en concreto en el caso de España, si se pudiera averiguar quién ha sido el responsable último de tomar esta decisión en nuestro país, este podría enfrentarse a penas de hasta cuatro años de prisión por apoderamiento de correos electrónicos con ánimo de lucro en aplicación del artículo 197 del Código Penal, y es que por lo visto Google capturó bastantes más datos de los que realmente necesitaba para elaborar ese mapa.

De todos modos, el «podría» del párrafo anterior es fundamental, ya que la fiscalía de Guipúzcoa, encargada de centrar la investigación del caso en España, todavía no conoce el alcance final de los hechos, por lo que no puede realizar su encaje legal, con lo que en lugar de interponer una denuncia directamente por ahora lo que ha hecho es abrir diligencias de investigación para recabar la información necesaria.

La decisión al respecto no tendrá nada que ver, en cualquier caso, con el hecho de que las redes en cuestión estuvieran abiertas o no, pues el que cualquiera de nosotros relaje sus medidas de seguridad, aunque no sea muy buena idea hacerlo, no implica ningún tipo de permiso tácito ni implícito, ni siquiera aunque dejáramos el coche aparcado en la calle con las puertas abiertas y las llaves puestas.

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