El Anti-Counterfeiting Trade Agreement, o Tratado de Negocios Anti Falsificaciones, que está siendo negociado desde 2008 entre los Estados Unidos y Australia, Canadá, Corea del Sur, Japón, Marruecos, México, Nueva Zelanda, Singapur, la Unión Europea, y algún país más, tiene como objetivo oficial luchar contra el tráfico y la venta de falsificaciones de todo tipo.
Pero ya no solo es que las reuniones en las que los representantes de los distintos países involucrados lo están perfilando se intenten mantener casi en secreto, es que el contenido de estas negociaciones es secreto.
Aún así, de han ido filtrando de vez en cuando documentos sobre ellas, documentos que resultaban cuando menos preocupantes porque apuntaban a que el tratado quiere ir mucho más allá de lo que su nombre indica.
La última de estas filtraciones ha tenido lugar este fin de semana tras el cierre de la séptima ronda de negociaciones en Guadalajara, México, y en concreto ha sido la de la parte que se refiere a Internet del tratado [PDF 78 KB] propuesta por los Estados Unidos, y da miedito:
- Incluye, por ejemplo, y entre otras lindezas, la obligación para las empresas dedicadas al campo de la tecnología, de poner fin a cualquier infracción de los derechos de autor en cuanto tengan conocimiento de que este hecho se está produciendo, lo cual quiere decir que un fabricante de copiadoras tendría que dejar de venderle máquina a aquellos de sus clientes que las utilizaran para fotocopiar libros. O que el fabricante de los escáneres que usa Google para digitalizar libros debería dejar de vendérselos, al menos mientras no se aclaren los líos judiciales al respecto.
- También describe procedimientos para eliminar contenidos cuando se hace un uso indebido de marcas registradas, lo cual puede ser la mar de problemático si nos ponemos a pensar en cosas como los miles de fotos que hay en Flickr de Times Square en Nueva York en las que salen montones y montones de logotipos de todo tipo de empresas, por citar un ejemplo.
- Esto va aderezado con la petición de que todos los países que firmen el tratado incluyan en sus leyes el que terceras partes como proveedores de acceso, servicios de alojamiento de webs, desarrolladores de aplicaciones, etc, puedan ser considerados responsables por las infracciones de los derechos de autor que cometan sus usuarios. Esto es algo que ya está en la Digital Millennium Copyright Act de los Estados Unidos y que ha servido para que en muchos casos estos proveedores se limiten a retirar contenidos en cuanto reciben una solicitud para que lo hagan sin comprobar si esta está fundamentada para evitarse problemas.
- También sacado de la DMCA, incluye la prohibición de saltarse los sistemas de gestión de derechos digitales, lo que quiere decir, por ejemplo, que en España ni aún pagando el canon digital podríamos hacer una copia de nuestros DVD sin estar infringiendo la ley.
- Y por supuesto, los cortes del acceso a Internet para aquellos que infrinjan derechos de autor también están presentes, con lo que toda una familia se puede quedar sin acceso a Internet por lo que haga uno de sus miembros. O toda una residencia universitaria. O una ciudad entera.
Es cierto que no sabemos a ciencia cierta si este documento es real ni, aún en el caso de que lo sea, la forma final que va a tener, pero dado lo que hemos visto hasta ahora con lo de «la tasa para buscadores», la Ley de Economía Sostenible e Internet, o el canon digital, por citar solo tres casos, creo que tenemos motivos más que sobrados para temernos lo peor.
E incluso me temo que temiéndonos lo peor nos podamos quedar cortos.
En este sentido, recomiendo encarecidamente leer a Antonio Ortiz en La insoportable ausencia de una idea de internet en nuestra clase política, porque lamentablemente tiene toda la razón.
También está bien leer «La propiedad intelectual no puede colocarse por encima de los derechos fundamentales», la opinión del «ciberdefensor» europeo sobre este tema, aunque solo sea por conservar un poquito de esperanza.
(Vía Boing Boing).