Esta página salió en la edición del domingo pasado de La Voz de Galicia, diario en el que nos han fichado como colaboradores para publicar una página sobre tecnología, ordenadores, Internet y esas cosas en la sección de Sociedad.
Las P2P, en el punto de mira,
La Voz de Galicia 8 de marzo de 2009.
El juicio contra The Pirate Bay saca de nuevo a la luz la polémica sobre el uso de redes de iguales y los contenidos que circulan por estas autopistas de doble sentido
Esta semana quedó visto para sentencia el juicio contra los responsables del conocido buscador de archivos torrent The Pirate Bay, acusados de piratería por favorecer a través de su sitio la descarga de archivos infringiendo derechos de autor y de propiedad intelectual.
Un torrent es un archivo que se utiliza para descargar contenido de la red de iguales, más conocida por la expresión inglesa peer to peer o P2P, BitTorrent, una de las más utilizadas, similar a la que usa el también muy popular eMule.
A diferencia de otro tipo de redes en las que uno o varios ordenadores conocidos como servidores suministran información y contenidos a otros ordenadores llamados clientes, como, por ejemplo, hace el propio servidor web de este periódico con los ordenadores de sus lectores en Internet, en una red de iguales el contenido no está centralizado en ningún servidor, sino que se halla distribuido entre los ordenadores conectados a la Red.
Es cierto, sin embargo, que en el caso del protocolo BitTorrent al menos uno actúa como tracker, que es el que se encarga de mantener información acerca de en qué ordenadores de la Red está disponible un archivo determinado en cada momento, pero, por lo demás, son los propios ordenadores conectados los que hacen el trabajo de distribución de esos archivos, aprovechando la conexión a Internet de cada uno de ellos en lugar de depender de la del servidor, e incluso son capaces de mantener la conexión entre ellos aunque se caiga el tracker.
Transmisión en fragmentos
Estos archivos se dividen además en fragmentos para no tener que transmitirlos enteros, de tal forma que si se corta la conexión o un ordenador se cuelga en medio de la transmisión no se pierde todo el archivo, sino la parte que se estuviera transmitiendo en ese momento.
Así, un archivo puede estar disponible al completo en un cierto número de ordenadores, que entonces actúan como semillas de este, y parcialmente en los que se lo están descargando, que son los clientes; en cuanto un ordenador completa la descarga, pasa de ser cliente a actuar como semilla.
Por supuesto los archivos no aparecen en las redes P2P de forma espontánea, sino que alguien tiene que añadirlos a estas en primer lugar, algo que todos los programas que se utilizan para acceder a este tipo de redes pueden hacer. Al disponer de múltiples copias del archivo en la Red el proceso de distribución es muy eficiente, ya que no se forman cuellos de botella, o al menos estos son menos graves, ya que la demanda se distribuye entre muchos ordenadores, con lo que en el caso de archivos muy populares, con cientos o miles de semillas, la descarga es asombrosamente rápida.
Otros muchos programas
Estas redes no solo se usan para intercambiar archivos entre usuarios, sino que además son la base del funcionamiento de servicios como Skype, que permite hacer llamadas telefónicas y videoconferencias a través de Internet; Spotify, que posibilita escuchar música de distintas discográficas; o Picasa, el servicio para albergar imágenes de Google, entre muchos otros.
También se usan para distribuir programas o actualizaciones de estos a través de la Red, como, por ejemplo, el espectacular World Wind de la NASA, un programa muy similar a Google Earth.
En cualquier caso, y dado que cualquiera puede añadir archivos a este tipo de redes, su uso es centro de una fuerte polémica, ya que además de contenidos generados por los usuarios sobre los que estos tienen derecho a decidir si los comparten, en las redes P2P es muy sencillo encontrar material sujeto a derechos de autor cuyos titulares no han autorizado su descarga mediante este medio.
Pero lo cierto es que, muy a pesar de las entidades de gestión de derechos de autor, hasta ahora los casos que han ido llegando a juicio se han saldado siempre con la libre absolución de los encausados, pues, de acuerdo con la legislación vigente en nuestro país, el uso de estas redes para intercambiar archivos entre usuarios no es constitutivo de delito, siempre que se haga sin ánimo de lucro, y en el caso de sitios como, por ejemplo, Sharemula -que, como The Pirate Bay, permite el acceso a archivos que a su vez apuntan a contenidos disponibles en las redes P2P- los jueces han entendido que eso tampoco es delito, ya que esos contenidos sujetos a derechos de autor no están alojados en los sitios en cuestión.
- El peligro de estar «en la nube», la página de la semana pasada.