Por @Alvy — 10 de diciembre de 2015
La Agencia Española de Protección de Datos aclara:
Ante la inquietud generada por la noticia titulada «Ultimátum de la AEPD a empresas españolas: prohibido usar Dropbox o Google Apps» la AEPD quiere puntualizar que:
Desde la AEPD no se ha dado ningún ultimátum a las empresas españolas (…) La Agencia en ningún caso ha requerido a los responsables para que dejen de utilizar determinados servicios de almacenamiento en la nube (…) La sentencia del TJUE está orientada a responsables, no a los ciudadanos que hacen un uso doméstico de los datos personales que pudieran almacenar en la nube.
Nueva comunicación sobre la aplicación de la sentencia de Puerto Seguro (APED).
En resumen: noticia original con titular sensacionalista y amenazador; realidad bien distinta, como a veces ocurre.