Se acabó aquello de que para poner tus llamadas telefónicas bajo vigilancia haga falta la orden de un juez.
Miguel nos avisa de que ha sido aprobada la directiva de retención de datos, que además, imagino que para ir en sintonía con los nuevos tiempos, no sólo se refiere a las llamadas telefónicas sino también a lo que haces por Internet adelante.
Lo cuentan también El Mundo en El Parlamento Europeo aprueba la retención de datos contra el terrorismo y El País en El Parlamento Europeo aprueba la retención de datos en telefonía e Internet.
Esto supone que durante por lo menos seis meses y a lo peor hasta durante dos años quedarán registrados los datos de desde qué teléfono y a cual llamas, quienes son los titulares de ambos, qué tipo de llamada es, y además el IMEI del móvil en caso de que la llamada sea a través de uno; también quedarán registrada la fecha y hora de activación de las tarjetas prepago.
En el caso de las conexiones a Internet se guardará registro de las direcciones IP, el nombre y dirección del usuario y hora, fecha y duración de la comunicación.
Se supone que estos datos serán utilizados sólo para la «detección, investigación y persecución» de delitos relativos al terrorismo y al crimen organizado, pero ya se sabe aquello de que «hecha la ley, hecha la trampa.»
Falta todavía que la directiva sea ratificada formalmente por cada uno de los estados miembros, pero no creo que vaya a haber ningún problema en eso.
Imagino que los únicos que estarán contentos serán los fabricantes de discos duros -las operadoras de telecomunicaciones tendrán que pagar de su propio bolsillo la infraestructura necesaria para almacenar todos estos datos- y las discográficas, que por lo visto ya han pedido acceso a esos datos.