Sala de control de una de las tres centrales centrales gestionadas por la Asociación Nuclear Ascó-Vandellós. Foto ANAV.
Una sentencia del Tribunal Supremo ha anulado los cinco planes directores de emergencia nuclear (PEN) por entender que no se dio audiencia a los municipios directamente afectados por las centrales nucleares de Santa María de Garoña (Burgos), Almaraz (Cáceres), José Cabrera y Trillo (Guadalajara), Ascó y Vandellós (Tarragona) y Cofrentes (Valencia). Sí se tuvo en cuenta a la Federación Española de Municipios y Provincias, pero el juez dicta que no es suficiente.
Los municipios a un radio de 10 kilómetros de una nuclear están representados por la Asociación de Municipios en Áreas de Centrales Nucleares (AMAC) y fue esta organización la que denunció -y ahora ha ganado- el caso, contra el que no cabe recurso.
La principal crítica de la AMAC es que se ignora el papel de los alcaldes en estos planes de emergencia, que están excesivamente jerarquerizados y que concreta poco los medios y las responsabilidades, como recoge el Foro Nuclear.
Por su parte, Ecologistas en acción reclaman el paro de las centrales, ya que, según ellos, la Ley de Seguridad Nuclear no permite el funcionamiento de las plantas sin su correspondiente plan de seguridad exterior en vigencia.
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