Por @Wicho — 12 de marzo de 2007

Dado que como cuenta La Voz de Galicia en A vueltas con el canon digital las partes implicadas en la negociación del nuevo canon digital, a saber los fabricantes de electrónica por un lado y las entidades de gestión de derechos de autor por otro, no han llegado a ningún tipo de acuerdo el gobierno ha decidido tomar cartas en el asunto y ha dicho que anunciará su resolución antes de final de este mes.

Lo que se pretende es reformar la Ley de Propiedad Intelectual, en vigor desde el 29 de julio del 2006, y trasponer a la legislación española la directiva europea sobre la sociedad de la información, y con ello trasladar el modelo de canon analógico al mundo digital.

Las gestoras de derechos proponen que el canon sea proporcional a la capacidad del dispositivo en cuestión, lo que en opinión de los fabricantes podría encarecer el producto final entre un 25 y un 80 por ciento, y además pretenden aplicarlo a los teléfonos móviles, que la mayoría de la gente no usa para escuchar música ni ver vídeos, tarjetas de memoria aunque sólo se usen para almacenar las fotos que uno hace, y dispositivos como impresoras y faxes, que como bien dice Antonio en Impuesto a la sociedad de la información

…como todo el mundo sabe, el principal uso de estos aparatos es imprimir libros en casa y enviarmos por fax las letras de las canciones de Ramoncín.
Por otro lado, sin ser abogado, esto del canon digital por un lado me parece un timo, ya que como en el caso de los CDs o DVDs vírgenes nos quieren cobrar por el derecho a realizar una copia privada de los CDs o DVDs que compremos cuando al mismo tiempo estos incorporan sistemas anti copia que nos impiden hacer tal copia.

Además, creo que vulnera el derecho a la presunción de inocencia, ya que asume que cualquier dispositivo que compremos va a ser utilizado para copiar contenidos con derechos de autor; esto es como si al comprar un coche ya te pusieran una multa y te retiraran unos puntos del carnet de conducir «por si acaso», con la salvedad de que en el caso del coche el pasarte de la velocidad máxima permitida está claramente castigado en el código de circulación, mientras que ya hay varias sentencias que dicen que compartir archivos sin ánimo de lucro no es delito.

Imagino que en los próximos días y semanas oiremos hablar mucho más del tema y aún hay que ver en qué acaba la cosa, pero la verdad es que no soy nada optimista al respecto.

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